Sociedades de profesionales, que son y por qué pueden ser una buena opción para tributar en Chile

Este régimen tributario puede resultar muy conveniente para los contribuyentes que prestan servicios profesionales, sobre todo ante el cambio legal que afectará a la mayoría de las empresas de servicios con el IVA a partir del 1 de enero de 2023. Este cambio se debe a la ley 21.420 que elimina una serie de exenciones tributarias, entre ellas la que eximía del IVA a los servicios que provienen del ejercicio de las actividades comprendidas en los números 3 y 4 del artículo 20 de la ley sobre impuesto a la renta (LIR), como los servicios industriales, comerciales, financieros, mineros, agrícolas, entre otros.

Sin embargo, no todas las sociedades quedarán afectas al IVA. El artículo 12 letra E) N° 8 de la ley sobre impuesto a las ventas y servicios (LIVS) indica que quedarán exentos de IVA los ingresos mencionados en los artículos 42 y 48 de la LIR. Para estos efectos quedarán comprendidos los ingresos de las sociedades de profesionales referidas en el artículo 42 N° 2 de la LIR, aun cuando hayan optado por declarar sus rentas de acuerdo con las normas de la primera categoría.

Para calificar como sociedad de profesionales y acceder a este beneficio tributario, se deben cumplir los siguientes requisitos, según el oficio N° 1648 del 2022 del SII:

– Debe tratarse de una sociedad de personas, como una sociedad de responsabilidad limitada o una sociedad colectiva.

– Su objeto exclusivo debe ser la prestación de servicios o asesorías profesionales y en consecuencia podrán informar al SII actividades económicas únicamente en este sentido.

– Los servicios profesionales deben ser prestados por intermedio de los socios, asociados o con la colaboración de dependientes que ayuden a los socios a prestar los servicios profesionales que presta la empresa.

– Todos sus socios (sean personas naturales u otras sociedades de profesionales) deben ejercer sus profesiones para la sociedad, no siendo aceptable que uno o más de ellos solo aporte capital.

– Las profesiones de los socios deben ser idénticas, similares, afines o complementarias. Tratándose de servicios que requieran de equipos multidisciplinarios para su prestación, se considerarán afines o complementarias aquellas profesiones de los socios que intervengan directamente en su desarrollo.

– Todos los miembros de la sociedad deben tener el título que los habilita y estar inscritos en el correspondiente colegio profesional si es necesario.

El SII también estableció un procedimiento ordinario y uno extraordinario para el registro de las sociedades de profesionales, con el fin de facilitar su acogida a la exención de IVA y al régimen tributario especial. El procedimiento ordinario está dirigido a los contribuyentes que inicien actividades como sociedad de profesionales y el procedimiento extraordinario está dirigido a los contribuyentes que se reestructuren para tributar como sociedad de profesionales o que ya cumplan con los requisitos para ser calificados como tales, pero que no hayan iniciado actividades como tales.

El procedimiento extraordinario fue modificado recientemente por la resolución exenta N° 63 del 2023 del SII, que amplió el plazo para acceder al mismo hasta el 31 de diciembre de 2023 y flexibilizó las condiciones para emitir documentos afectos a IVA, permitiendo que los contribuyentes que hayan presentado la declaración anual de renta del año tributario 2023 puedan acogerse al mismo.

Si usted presta servicios profesionales y quiere conocer más sobre las sociedades de profesionales y sus beneficios tributarios, le invitamos a contactarnos.

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